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El Despido Injustificado

En materia laboral, tienes dos meses a partir de la fecha en que te despidieron para exigirle a tu patrón el pago de tu liquidación, esta es un derecho irrenunciable, no te dejes intimidar.


Es importante que como trabajador comprendas la diferencia entre el pago de un finiquito al pago de una liquidación.


Tu patrón te debe de pagar el FINIQUITO en el caso de que ambos den por terminada la relación laboral, por lo que firmarás tu RENUNCIA de manera voluntaria. El finiquito debe de incluir el pago de todas las prestaciones que se te adeudan, tales como: los días trabajados, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, algunas otras prestaciones que manejen dentro de la empresa (caja de ahorro, fondo de ahorro, semana de fondo, entre otras), y el pago de la prima de antigüedad, este último en el caso de que como trabajador hayas cumplido por lo menos 15 años de antigüedad.

El pago de la LIQUIDACIÓN se efectúa en el caso de que hayas sido DESPEDIDO, contemplando el pago de las mismas prestaciones que se deben de pagar en el caso de la renuncia, pero en este caso, se sumaría una prestación adicional consistente en 3 meses de salario.


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